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#INE ordena a Morena retirar promocional en Aguascalientes, por frases calumniosas Especial

#INE ordena a Morena retirar promocional en Aguascalientes, por frases calumniosas

De manera preliminar, el spot denunciado por el PRI contiene frases que no encuadran dentro del concepto de opinión o crítica

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No se conceden medidas cautelares al PAN para retirar promocional de MC en Tamaulipas, al no advertir la imputación directa de un hecho o delito falso

En sesión virtual la Comisión de Quejas y Denuncia del Instituto Nacional Electoral (INE) conoció de dos denuncias presentadas por los partidos Revolucionario Institucional (PRI) y Acción Nacional (PAN) por material calumnioso contenido en los promocionales identificados como NORA SPOT 4 y ARRANQUE TAMAULIPAS EL TRUCO, respectivamente, por lo que solicitaron medidas cautelares para retirar los spots referidos, en la primera se dictó su procedencia y en la otra se declaró improcedente. 

El PRI denunció al partido Morena y a su candidata a la gubernatura de Aguascalientes, Nora Ruvalcaba Gámez, por la difusión del promocional denominado NORA SPOT 4versión televisión y radio, para el proceso electoral local que se encuentra en curso en esa entidad, el cual, a juicio del quejoso, contiene afirmaciones y elementos que actualizan calumnia en su perjuicio.

Al respecto, la Comisión resolvió como procedente la medida cautelar al considerar que la expresión “separados robaron…” no es genérica, ya que contiene la imputación de un posible delito que no encuadra dentro del concepto de opinión o crítica y no se trata de la emisión de un juicio de valor por parte del partido, sino que de manera directa existe la imputación de hechos que podrían resultar delictuosos o ilícitos.

En consecuencia, se ordenó al partido Morena a que sustituya el material en un plazo no mayor a tres horas a partir de su legal notificación, apercibiéndolo que, de no hacerlo, se sustituirá con material genérico o de reserva.

Improcedente eliminar spot de MC en Tamaulipas, al no advertir la imputación directa e inequívoca de un hecho o delito falso 

En otro asunto, la Comisión decidió no otorgar la medida cautelar solicitada por el PAN en contra del partido Movimiento Ciudadano (MC) y su candidato a la gubernatura de Tamaulipas, Arturo Diez Gutiérrez, por actos que pudieran constituir calumnia en su contra y de su candidato al cargo, César Augusto Verástegui Ostos, con motivo de la difusión del promocional pautado para televisión y radio identificado como ARRANQUE TAMAULIPAS EL TRUCO y transmitido en Facebook, el cual, a su consideración, es propaganda electoral con contenido calumnioso en relación a su actual candidato, al contener expresiones alusivas a aparentes actos de corrupción, lo que podría afectar las condiciones de equidad que deben prevalecer en todo proceso electoral.

Desde un análisis preliminar, el colegiado consideró que las frases contenidas y particularmente aquella relativa a la corrupción o ser presentado como una persona deshonesta no se advierte la imputación directa de un hecho o delito falso en contra de César Augusto Verástegui Ostos, por lo que no se actualizan los elementos objetivo y subjetivo de la calumnia en materia electoral con impacto en un proceso electoral.

Los proyectos fueron aprobados por unanimidad de votos de la Consejera Claudia Zavala y del Consejero Ciro Murayama, así como de la Consejera Adriana Favela, presidenta de la Comisión de Quejas y Denuncias.

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