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#AMLO debe abstenerse de promover consulta de revocación

Los argumentos del presidente fueron desestimados por las y los magistrados de la Sala Superior del órgano de justicia
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El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) por el que pidió al presidente de la República abstenerse de promover la consulta de revocación de mandato de abril próximo.

Por unanimidad de votos, las y los magistrados de la Sala Superior del TEPJF desestimaron todos y cada uno de los argumentos del presidente Andrés Manuel López Obrador y del partido Morena, quienes pidieron invalidar dicho acuerdo emitido el 8 de febrero pasado.

El citado acuerdo deriva de la queja que el 4 de febrero presentó el Partido de la Revolución Democrática (PRD) en la que denunció al presidente Andrés Manuel López Obrador por promover ilegalmente la consulta.

El PRD dijo que durante la conferencia matutina del 2 de febrero, el mandatario federal emitió diversas expresiones de promoción de la consulta, lo que está prohibido por la Ley e implica el uso indebido de recursos públicos.

Al analizar la queja del PRD, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE determinó, bajo el principio de tutela preventiva, que los hechos denunciados podrían configurar la promoción indebida del proceso de revocación de mandato.

Asimismo, determinó que, al existir la posibilidad de que la conducta ilegal continuara y se repitiera, era procedente pedir al presidente sujetarse a la Constitución y dejar de promocionar, bajo cualquier modalidad, la consulta.

Inconforme con la decisión, tanto el presidente López Obrador como el partido Morena impugnaron el acuerdo del INE. Su objetivo era que el Tribunal revocara las medidas cautelares impuestas al mandatario.

El presidente y Morena acusaron una incompetencia de la Comisión de Quejas y Denuncias para emitir medidas cautelares de carácter inhibitorio y acusaron la improcedencia del recurso que dio pie a la emisión de las medidas cautelares.

Asimismo, acusaron omisión por parte del INE al analizar la improcedencia de la queja del PRD al tratarse de actos consumados y futuros de incierta realización; y estimaron que el acuerdo es un mecanismo de censura al presidente.

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