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La CNDH detallo que el laudo fue emitido por el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje (TFCA) el pasado 30 de septiembre de 2016 y en él se establecía que se reinstalara en sus funciones a un trabajador.
“Esta Comisión acreditó violaciones a los derechos a la legalidad, seguridad jurídica, al acceso a la justicia y al plazo razonable, atribuible a personas servidoras públicas de la Semovi, quienes no reintegraron a la víctima en el puesto Administrativo de Servicios o en otro cargo homólogo en salario y funciones, con el carácter de base, en los mismos términos y condiciones en que se venía desempeñando” detalló la CNDH.
La Comisión detalló que, tras una investigación, se constató que servidores públicos de la Semovi incurrieron en responsabilidad en el desempeño de sus funciones al no cumplir con la obligación de acatar el laudo.
Además, constató que el desempeño de los funcionarios público fue ineficiente, porque en 2018, la Semovi tuvo, en dos ocasiones suficiencia presupuestal para cumplir el laudo pero no se ejercitó.