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El diputado Jorge Gaviño Ambriz propuso una reforma al artículo 403 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México, con el objetivo de que la propaganda electoral pueda colocarse siempre y cuando medie aviso a la autoridad correspondiente.
El legislador explicó que “la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano no implica indefectiblemente una infracción o la ilegalidad de la misma”, debido a que son parte del espacio público, como lo estableció el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, durante el recurso de revisión del expediente SUP-REP-178/2018 (13 de junio).
Indicó que la libertad de expresión es derecho fundamental ante el Estado, por lo tanto, los ciudadanos, no se les puede menoscabar el derecho de difundir la propaganda electoral que les concierna, y a que tengan derecho, en términos del Código Electoral. Por ello se busca modificar el primer párrafo del artículo referido, para que las instituciones políticas solamente den un aviso a las autoridades sobre la colocación de la propaganda política, y no se les sujete a la celebración de un convenio, en tanto que ello queda al arbitrio de la autoridad correspondiente y ello puede menoscabar el referido derecho fundamental.
La iniciativa se consignó a la Comisión de Asuntos Político-Electorales, con opinión de la Comisión del Uso y Aprovechamiento del Espacio Público, del Congreso de la Ciudad de México.