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Impulsan en el Congreso iniciativa para promover la inclusión laboral de las personas adultas mayores Especial

Impulsan en el Congreso iniciativa para promover la inclusión laboral de las personas adultas mayores

Además, se presentaron iniciativas en materia de desarrollo rural, igualdad de género y derechos de la niñez

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Con el fin de promover la inclusión laboral de las personas adultas mayores, en el Congreso del Estado se presentó una iniciativa para reformar diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla, la Ley Orgánica del Poder Legislativo y la Ley Orgánica Municipal, para que en los procesos de contratación de personal de los entes públicos se integre al menos un 10 por ciento de personas mayores de 50 años.

La propuesta legislativa también pretende establecer un porcentaje mínimo del 15 por ciento de las ofertas laborales en las Ferias de Empleo para personas mayores de 50 años, lo que permitiría ampliar las oportunidades de empleo, sensibilizar a la sociedad sobre la importancia de la inclusión laboral y promover la igualdad de oportunidades para las personas adultas mayores.

La iniciativa fue turnada a las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales, y de Trabajo, Competitividad y Previsión Social para su estudio y resolución correspondiente.

Asimismo, se presentó una iniciativa para reformar la Ley de Desarrollo Rural Sustentable del Estado de Puebla, con el objetivo de garantizar un manejo sustentable de las tierras, a través de sistema de práctica de gestión de los recursos naturales terrestres para aprovechar, conservar, restaurar y mejorar su estructura, funcionalidad, productividad ecosistémica y económica, sin comprometer la satisfacción de las necesidades de las generaciones futuras.

La iniciativa que propone reformar el artículo 44 y las fracciones III y VI del artículo 46, así como adicionar la fracción XIV Bis al artículo 4 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable del Estado de Puebla, fue turnada a la Comisión de Desarrollo Rural para su análisis y resolución procedente.

De igual manera, se presentó la iniciativa para reformar la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Puebla, con el fin de promover programas de emprendimiento, innovación, capacitación, educación financiera y uso de herramientas digitales para las mujeres víctimas de violencia y discriminación.

La propuesta legislativa, que propone reformar las fracciones XII y XIII y adicionar la fracción XIV al artículo 35 de la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Puebla, fue enviada a la Comisión de Igualdad de Género para su estudio y resolución correspondiente.

En más del orden del día, se presentó la iniciativa para reformar las fracciones XV Bis y XVI, y adicionar la XVII al artículo 116 de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Puebla, con la finalidad de contemplar como una de las atribuciones de la Procuraduría de Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Puebla, el vigilar, en coordinación con las autoridades penitenciarias, el respeto y protección a los derechos de los menores que viven con sus madres en los centros penitenciarios.

La iniciativa fue turnada a la Comisión de la Familia y los Derechos de la Niñez para su análisis y resolución procedente.

Durante la sesión se presentó una iniciativa para reformar la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Puebla, con el objetivo de considerar algunos usos de la inteligencia artificial como violencia digital.

La propuesta es reformar el artículo 23 Bis para establecer que la violencia digital “son los  actos de acoso, hostigamiento, amenazas, intimidación, exhibición, insultos, vulneración de datos, mensajes de odio, o divulgación de información, textos; así como aquellos mediante los cuales se elabore, exponga, distribuya, difunda, exhiba, transmita, comercialice, oferte, publique intercambie o comparta publicación de fotografías, videos, impresiones gráficas o sonoras, verdaderas, falsas o alteradas, de contenido violento, erótico o sexual, que se realice sin el consentimiento, aprobación o autorización de una persona, empleando las Tecnologías de la Información y la Comunicación, plataformas de internet, redes sociales, aplicaciones, servicios de mensajería instantánea, correo electrónico, inteligencia artificial o cualquier otro espacio digital”.

La iniciativa fue dirigida a la Comisión de Igualdad de Género para su estudio y dictaminación correspondiente.

Finalmente, se presentó una iniciativa para reformar la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Puebla, con el propósito de reconocer el derecho de este sector de la población a una alimentación nutritiva, suficiente y de calidad.

Por lo que se propone reformar la fracción III del artículo 45, la fracción XIX del artículo 48 y el inciso a) de la fracción I del artículo 98 de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Puebla. La iniciativa fue enviada a la Comisión de la Familia y los Derechos de la Niñez, para su análisis y resolución procedente.

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