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INE resuelve 6 solicitudes de medidas cautelares Especial

INE resuelve 6 solicitudes de medidas cautelares

INE ordena retirar dos promocionales relacionados con la contienda electoral del Estado de México 

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La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) conoció de seis solicitudes de medidas cautelares, por conductas que podrían constituir promoción personalizada, actos anticipados de precampaña o campaña, vulneración al principio de imparcialidad y uso indebido de recursos públicos frente a los comicios en Coahuila y Estado de México y el Proceso Electoral Federal 2024.

Spot de TV mexiquense exalta logros del gobierno estatal 

El partido Morena presentó queja en contra de la difusión de propaganda gubernamental al tratarse de la mención de logros de un organismo público descentralizado del gobierno del Estado de México, que no corresponden a aspectos de información general o relacionada con campañas relativas a servicios educativos, de salud o protección civil.

Del análisis preliminar, la Comisión apreció que el promocional constituye propaganda gubernamental, al tratarse de la exaltación de los logros de un organismo público descentralizado del gobierno del Estado de México, cuya difusión se encuentra prohibida en la etapa de campañas, en donde se hace referencia a logros de dicha dependencia pública, sin que en sede cautelar sea posible determinar que se trata de alguna de las excepciones establecidas en la norma. De allí que dicho promocional podría generar una afectación al principio de equidad en la contienda electoral.

En consecuencia, el colegiado determinó ordenar al Sistema Mexiquense de Medios Públicos, a que de inmediato realice todas las acciones necesarias a efecto de suspender la transmisión del promocional que se difunde en diversas entidades federativas, en un plazo que no podrá exceder de 12 horas.

Improcedente la queja contra el Presidente de México 

La Comisión de Quejas consideró que no procede el dictado de medidas cautelares por la denuncia del Partido Acción Nacional (PAN) contra el Presidente de la República, derivado de las manifestaciones realizadas en la conferencia Mañanera del 15 de mayo de 2023.

Por mayoría de votos, se resolvió que no se advierte la urgencia o peligro en la demora que justifique la medida cautelar, toda vez que, bajo la apariencia del buen derecho las manifestaciones se encuentran vinculadas con una opinión respecto del contexto de posibles precandidatos a la Presidencia de México, no así con los procesos locales que se llevan a cabo en el Estado de México y Coahuila. 

No obstante, en el proyecto se destacó que las personas quienes tienen funciones de ejecución o de mando, enfrentan limitaciones más estrictas, pues sus cargos les permiten disponer de forma directa de los recursos humanos, financieros y materiales con los que cuentan, además que, por la naturaleza de su encargo y su posición relevante y notoria, tienen más posibilidad de influir en la ciudadanía. Por lo anterior, dichas personas servidoras públicas deben tener un especial deber de cuidado respecto de las expresiones que emiten, de manera individual o conjunta, y que puedan derivar en una afectación de los principios de imparcialidad, neutralidad o disposiciones vinculadas con algún proceso electoral futuro.

Promocional del PRI constituye calumnia contra Morena 

Morena denunció al Partido Revolucionario Institucional (PRI) y a la coalición VA POR EL ESTADO DE MÉXICO por presunta calumnia derivado de la difusión del promocional EDOMEX ADM REFLEXIÓN identificado con el número RA00435-23 y RV412-23 versiones de radio y tv en particular por las frases “…donde llega Morena, llega el crimen organizado y protegen a los narcos…”. Por unanimidad de los integrantes de la Comisión se resolvió que, de un análisis preliminar, la frase constituye la imputación de un delito falso cuyo contenido no está amparado en la libertad de expresión, por lo que se ordenó que el mismo sea sustituido.

En otros dos asuntos, la Comisión rechazó la solicitud de medidas cautelares para retirar los promocionales identificados como EDOMEX ADM CORRUPCIÓN y EDUCACION V2 y EDUCACION RA V2 transmitidos en radio y televisión, el primero autoría del PRI y el segundo del Partido de la Revolución Democrática (PRD) de la coalición VA POR EL ESTADO DE MÉXICO, los cuales, según el partido Morena, podrían constituir calumnia. 

En las expresiones que se hacen en los promocionales, no se advierten frases que de forma unívoca impliquen una imputación específica de hecho o delito falso a persona alguna de manera clara y sin ambigüedades, por lo que se concluyó improcedente el dictado de medidas cautelares. 

Entrevista y publicaciones de la Senadora Lilly Téllez 

La Senadora María Lilly del Carmen Téllez García fue denunciada por Rodrigo Antonio Pérez Roldán, derivado de una entrevista realizada por el periódico El Economista, en el que supuestamente detalla sus aspiraciones para ocupar el cargo de Titular del Ejecutivo Federal, así como diversos contenidos en la red social de Twitter relacionados con sus opiniones políticas.

En el caso concreto se determinó que dichas expresiones cuentan con el amparo de la libertad de expresión y de prensa, además que no se advierte la urgencia o peligro en la demora para el retiro de las publicaciones de la Senadora en Twitter, toda vez que ninguna de las etapas del Proceso Electoral Federa ha comenzado. Asimismo, los hechos ocurrieron en fecha pasada, por tanto, se trata de actos consumados de manera irreparable, de ahí también la improcedencia de la cautelar.

En todos los casos resueltos por la Comisión, la negativa para determinar la tutela preventiva obedece a que se tratan de peticiones que versan sobre hechos futuros de realización incierta, mientras que las quejas por el probable uso indebido de recursos públicos deberán ser resueltas por la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), al analizar el fondo de cada uno de los asuntos denunciados.

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